miércoles, 13 de enero de 2016

CASO NOOS, ¿JUSTICIA O ESPECTÁCULO?



                        Celebrada la primera sesión del juicio del “caso Noos”, que, como era de esperar, provoca una gran expectación, cabe preguntarse si lo que interesa del mismo es que se haga justicia o que se convierta en un espectáculo mediático, como suele suceder en casos que afectan a personajes importantes de gran relieve social. Para lo primero se requiere dejar que el tribunal actúe sin más, informando simplemente de las estrategias legales de defensa y acusación que cada uno, en el uso de su derecho, tenga a bien utilizar; para lo segundo, criticar todas las actuaciones de cada uno de los agentes que intervienen en el mismo, adornándolas con juicios de intenciones interesados en cualquier sentido. Y me temo que, al igual que ya sucediera en la fase de instrucción, al menos, en lo referente a la Infanta Cristina, va a prevalecer lo segundo. Ya, de entrada, que Hacienda considere que la Infanta no cometió delito fiscal, que es de lo que se le acusa en calidad de cooperadora necesaria, o que el fiscal aporte por sorpresa un reciente dictamen exculpatorio, admitido por los jueces, se vende como una presión de Hacienda y Fiscalía para exonerar a la Infanta mediante la aplicación de la “doctrina Botín” solicitada por su defensa, en vez de explicarlo como una actuación normal ajustada a derecho, descalificando por tanto subjetivamente la objetividad o imparcialidad del Ministerio Público, por presentar dicho informe exculpatorio, y la de Hacienda por haberlo elaborarlo en dicho sentido. Yo, lego en asuntos jurídicos como la inmensa mayoría de la población, no sé si, como dice la Agencia Tributaria en su informe, admitido por el Tribunal, el delito fiscal sólo lo comete quien genera las rentas y no basta con ser socio del mismo para imputárselo, como es el caso de la Infanta en Aizoon, por lo que me limito a confiar en el Tribunal que es quien, como en los demás casos, ha de decidir sobre dicho asunto tras escuchar los argumentos jurídicos y estudiar las pruebas a favor y en contra, como sucede en todos los juicios. Doctores tiene la Iglesia, que dirían los clásicos.
            Mal asunto pues si, como sucediera al inicio de la fase de instrucción sobre la imputación de la Infanta, que al final se ha sentado en el banquillo frente a los que afirmaban que jamás sucedería, ahora, ya desde esta sesión de cuestiones previas, nos dedicamos mediáticamente a pontificar en favor o en contra de que se le aplique la “doctrina Botín” para generar en la ciudadanía, supongo que intencionadamente y no por ignorancia (grave en ambos casos), más dudas sobre la Justicia española en vez de limitarse al derecho y deber de informar. Yo no sé si las cinco sentencias anteriores que aportará la defensa son suficientes o no para sentar jurisprudencia, por lo que tampoco puedo concluir que por razones de igualdad jurídica a la Infanta hay que aplicarle o no “la doctrina Botín” que la liberaría del juicio. Pero sí sé que la defensa de la Infanta, como la de cualquier imputado, tiene todo el derecho a semejante petición y a aportar como prueba argumental todo aquello que considere conveniente para que el Tribunal decida lo que sea justo. Por tanto, ni ahora ni después, me posicionaré a favor o en contra de lo que decida el Tribunal, me faltan conocimientos y pruebas para semejante osadía, que, en todo caso, sólo sería mi versión particular y no necesariamente lo justo; pero sí tengo claro que, si procede legalmente, no se puede negar la aplicación de la citada doctrina a Cristina por el mero hecho de ser Infanta, cuando a otras personas se les aplicó antes y, que yo sepa, la aplicación de la “doctrina Botín” no ha sido derogada. Proceder así, sí que sería lo injusto. Además siempre queda la garantía del recurso al Supremo para quien, disconforme con el veredicto, sea el que sea, lo consideren errado.
            Y como supongo que a la inmensa mayoría lo que le interesa es que se haga Justicia, con mayúsculas, aunque no pueda evitarse el morbo, convendría que se actuara con responsabilidad por parte especialmente de los generadores de opinión para que prevalezca lo primero, es decir, que cada uno de los imputados, incluida la Infanta, apechugue con las responsabilidades penales probadas que le correspondan, pero ni más ni menos, y, sobre todo, que devuelvan lo malversado o apropiado indebidamente. Y eso, guste o no guste, ha de decidirlo un juez, un Tribunal de Justicia. Por lo tanto afirmar gratuitamente que el Estado se moviliza para salvar a la Infanta del juicio y cosas por el estilo sin prueba alguna (y en caso de tenerlas, ahí están los tribunales) me parece una flagrante irresponsabilidad que en nada favorece la aplicación de la Justicia, sino, más bien, un espectáculo peligroso.
                                   Fdo. Jorge Cremades Sena

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