martes, 29 de octubre de 2013

CLARIDAD SOBRE LA SENTENCIA DEL TEDH

                        A mi juicio se hace urgente, necesario e ineludible que, ante la opinión pública, se clarifique, con todo lujo de detalles, el alcance y la naturaleza de la sentencia inapelable del Tribunal Europeo de Derechos Humanos favorable a la etarra Inés del Río por habérsele aplicado la conocida como “doctrina Parot”, alargando así de forma ilegal su estancia en prisión. Ante asunto tan trascendental, que está poniendo en entredicho los mismísimos pilares de nuestra renqueante democracia, o se actúa con absoluta responsabilidad ante la ciudadanía o, en caso contrario, la escasa credibilidad que ésta tiene ya en nuestros políticos acabará diluyéndose como un azucarillo en un vaso de agua. Y es lo que está sucediendo.
            En un principio el pueblo llano y sencillo, es decir, el común de los mortales, puede llegar a entender con todo el dolor de su alma y la rabia de sus entrañas, que el TEDH (máxima autoridad judicial para la garantía de los derechos humanos y libertades fundamentales en Europa) repare una errónea aplicación de la legalidad vigente en España (la irretroactividad de la “doctrina Parot”, surgida en 2006) para compensar la injusticia legal de unas normas penales obsoletas, provenientes del franquismo y vigentes durante décadas por pura negligencia del legislativo. Pero es ininteligible, como en otros tantos asuntos, que, mientras se desarrolla un debate mediático de marcado carácter especulativo y con versiones opuestas sobre la naturaleza de la sentencia y su ejecución posterior, el Gobierno e incluso la oposición mayoritaria no salgan a la palestra, ante asuntos tan graves que trascienden el legítimo interés partidista, desmintiendo o avalando cualquiera de las versiones que, al ser contradictorias, obviamente, una de ellas es falsa, prefiriendo, en vez de difundir la verdad, acusarse unos a otros sobre quién es el más o menos culpable de que este desmadre esté sucediendo.
            Por tanto, el desconcierto en la ciudadanía es cada vez mayor, en paralelo al descrédito de políticos y jueces. Si en un principio, según el Fiscal General del Estado, la sentencia sólo afectaba a Inés del Río y la Fiscalía estudiaría de forma individualizada y pausada el resto de casos que solicitaran acogerse a dicha jurisprudencia, la inmediata puesta en libertad de la directamente afectada, más la de algunos otros sujetos, por parte de la Audiencia, echa por tierra dicho argumento, al extremo de que, en pocos días, lo que debiera ser un mero asunto jurídico se ha convertido en un mastodóntico problema político. Se cuestiona casi todo, como la actuación del juez español en Estrasburgo López Guerra, la “velocidad asombrosa” con que la Audiencia ha puesto en libertad a la etarra, la actitud de la Fiscalía y, en definitiva, hasta el propio TEDH por dictar una sentencia que se aparta de su propia jurisprudencia, ya que nunca ha cubierto “las modalidades de cumplimiento de la pena” como es el caso. Y esto lo hace nada menos que el ex magistrado en el TEDH Francisco J. Borrego, que además desvela la existencia de mecanismos legales para retrasar la aplicación de las sentencias de dicho tribunal, pidiéndole una interpretación de la sentencia, e incluso para no cumplirlas, mediante la vía de “acatar pero estudiar cómo” hacerla efectiva. Sin embargo, la Audiencia Nacional, advierte que la sentencia sobre el caso Inés del Río es aplicable a otros presos en situación semejante y que los jueces asumen la obligación de los estados de acatar y ejecutar las resoluciones del TEDH. Imaginen las versiones contradictorias de otros personajes y foros menos versados en el asunto.
            ¿En qué quedamos? El gobierno tiene la última palabra para explicárnoslo y además está obligado a hacerlo. ¿Quién tiene la razón jurídica la Fiscalía o la Audiencia? ¿López Guerra o Borrego? ¿El Constitucional que avaló la aplicación de la “doctrina Parot” o el TEDH que lo desautoriza? No es sólo cuestión de expresar el “dolor e impotencia” del ministro del Interior o la resignación del de Justicia ante “un cumplimiento doloroso” de la aplicación de la sentencia por parte de los tribunales. Es cuestión de aclarar de una vez por todas si se ha hecho todo lo legalmente posible, visto lo visto, para que la sentencia hubiese ido en otro sentido y, en todo caso, si se está dispuesto a hacer, visto lo visto, todo lo legalmente posible para que la ejecución de la misma sea lo menos traumática para la ciudadanía y, muy especialmente, para las víctimas, las únicas que, visto lo visto, están cargadas de razón al reclamar Justicia con mayúsculas, ya que soportar encima este oscurantismo especulativo es una manifiesta indignidad que no merecen. Menos aún, que nadie, con la suficiente autoridad, aclare de una vez si sólo cabe la resignación o, como algunos mantienen, hay margen para otras acciones legales más favorable a las víctimas, que, si existen (como mantienen algunos y nadie desmiente con autoridad) y no se aplican, vaya usted a saber por qué razones, supondrían una ignominia intolerable contra ellas. ¿Es tan difícil, si es así, explicar con argumentos que se hizo todo lo posible y se está dispuesto a seguir haciéndolo?
            Y es que, por parte de unos y otros, tal como dice Ángeles Pedraza desde la presidencia de la AVT, “no hacer lo que se debe es tan malo como hacer lo que no se debe” y, como mínimo, lo que no se debe es callar ante el confusionismo público que está generando una simple sentencia judicial sobre una compleja situación política. Me temo que, desgraciadamente, en el asunto que nos ocupa, no sólo se hace lo que no se debe, sino que, además, no se hace lo que se debe.

                                   Fdo. Jorge Cremades Sena

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