Casi
sin tiempo de recuperarnos de la polémica sentencia por el “caso Malaya” nos
adentramos de nuevo en otra polémica sentencia, esta vez sobre el “caso
Faisán”. Dejando para los expertos el
tránsito por todos los vericuetos que te llevan a la “verdad jurídica”, que no
a la verdad real, por su gran trascendencia política y social, conviene hacer
una reflexión pública, como en el caso anterior, sobre la sentencia al respecto
que, sin poner en duda su correspondencia y ajuste con la “verdad jurídica”, no
siempre se corresponde con lo que el común de los mortales entiende por hacer
justicia. Justo o no, desde este prisma popular, la Audiencia sólo condena al
ex jefe superior de policía del País Vasco, Enrique Pamies, y al inspector José
María Ballesteros a una año y medio de cárcel y cuatro años de inhabilitación
por el “chivatazo” dado a ETA que lo considera como un delito de descubrimiento
y revelación de información obtenida a través de su cargo y que no debe ser
divulgada con grave daño para la causa
pública, desestimando el delito de colaboración con organización terrorista que
solicitaba tanto el fiscal como las acusaciones particulares.
Calificada
la sentencia como “infame” por parte de las víctimas del terrorismo y su
argumentación como “exótica” por fuentes de la Fiscalía, lo más llamativo es el
silencio con que ha sido recibida por parte de los dirigentes del PP y del PSOE,
que tanto ruido armaron cuando el primero era oposición y el segundo gobernaba,
aunque, desde que cambiaron las tornas, se impuso el silencio como estrategia
de ambos. Y, al parecer, así va a seguir siendo. Atrás queda el supuesto hombre
X y el Y, quienes, supuestamente, dieron las órdenes de que se avisara a ETA.
Ni el PP se lamenta por los cabos sueltos que puedan haber quedado (sólo la
abogada de Pamies mantiene que hay “muchas vías de investigación que no se han
agotado, ni mucho menos”), ni el PSOE exige explicaciones al PP por su
manifiesta incoherencia e inconsistencia de sus acusaciones que la sentencia
pone en evidencia ahora. Y, por parte, del Gobierno el escueto y consabido
“respeto” y “acatamiento” por la decisión judicial. Sólo el SUP considera que
han sido víctimas de un “montaje” los inculpados, quienes, al no tener que ir a
la cárcel por carecer de antecedentes penales, recurrirán al Supremo para
evitar de momento la expulsión del cuerpo de policía que conlleva una sentencia
firme de inhabilitación. Con todos estos ingredientes no es descabellado pensar
que, teniendo en cuenta cómo se las gastan entre sí los socialistas y populares
en otros asuntos, el caso Faisán se cierra con un pacto político entrambos. Y
para ello lo mejor es correr un tupido velo sobre tan turbio asunto.
Sólo
Gil Lázaro, azote parlamentario de Rubalcaba en la anterior legislatura, ha
salido al paso, pero sin levantar mucho la voz, aunque sólo sea para dar una
cierta coherencia a su vehemente actuación acusatoria. Tras la sentencia
mantiene que Rubalcaba se pasó tres años “mintiendo” al Congreso ya que la sentencia
demuestra que las acusaciones “no eran infamias” como él decía, pues queda
demostrado que el chivatazo “existió”, que tuvo “finalidad política” para no
entorpecer el “mal llamado proceso de paz” y que causó un “grave daño a la causa pública”. Cierto
todo ello. Pero tan cierto como que la sentencia no señala a ningún responsable
político, tal como el PP defendía con ahínco, por más que la lógica nos diga
que es imposible que a dos mandos policiales se les ocurra la idea de delinquir,
arriesgando sus carreras inmaculadas en la lucha antiterrorista, simplemente
para no entorpecer las supuestas negociaciones entre ETA y el Gobierno español.
En efecto, la sentencia mantiene que en pleno proceso de negociación, Pamies
con la imprescindible colaboración de Ballesteros, “con el designio de no
entorpecer la situación política abierta de diálogo, para acabar con la
actividad de ETA, a estos efectos, desarrolló una actuación tendente a tal fin”
y da por probado de que la intención de abortar esa operación contra ETA no era
otra que no perjudicar al “proceso político”.
Un
delito con clara finalidad política, cometido espontáneamente por dos
funcionarios bajo su única y estricta responsabilidad, sin ningún responsable
político implicado, que, justo por su noble y única finalidad de no entorpecer
el proceso de paz, se escapa de ser catalogado como colaboración con banda
terrorista aunque la favorezca de momento para que alguno de sus miembros
escape de la acción de la justicia, no deja de ser inquietante por muy ajustado
que esté con la “verdad jurídica”, pues siembra sombras de duda sobre el básico
principio de que el fin no justifica los medios, por loable que éste sea.
Fdo. Jorge Cremades
Sena
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